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3/7/06
SORPRESA EN EL COMITÉ DE EMPRESA DE SEVILLA

Sevilla, 3 de julio de 2006.

CGT-RTVA propuso a este comité un punto para el orden del día. Un punto muy claro y de fácil cumplimiento. Tan fácil como que el Comité de Empresa de Sevilla realizara un escrito –que ya llevabamos hecho- firmado por todo sus miembros pidiéndole a la empresa que cumpliera el artículo 57 apartado d) de nuestro actual Convenio Colectivo. Este artículo dice textualmente:

ARTICULO 57.-      COMPETENCIAS DEL COMITE DE EMPRESA.

Sin perjuicio de los derechos y facultades otorgados por la Legislación vigente, se reconocen al Comité de Empresa las siguientes: (…)

D. El Comité velará no sólo porque en los procesos de provisión de vacantes o de selección de personal se cumpla la normativa vigente o pactada, sino también por los principios de no discriminación y por el fomento de una política racional de empleo.

Al parecer las “circunstancias actuales del empleo” impiden que vean claro este artículo, por lo que deciden someterlo a votación y… ¡SORPRESA!  Ni cc.oo. ni ugt suscriben este artículo del Convenio.

También nos sorprende que después de tres meses del último Comité de Empresa de Sevilla nos entregara el acta dos días antes de la reunión. Desde CGT-RTVA sentimos que no hayan querido recoger en el acta nuestra propuesta, en la que reivindicábamos las inquietudes trasladadas por los técnicos de Unidades Móviles al incorporarse en su área el oficial técnico electrónico Juan José Blanco Línder en unas “condiciones especiales”.

CGT-RTVA pide a la presidencia del Comité de Empresa seriedad a la hora de recoger las propuestas de las demás secciones sindicales.