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24/10/07
“EL GESTOR DE TIEMPOS FUNCIONA CORRECTAMENTE,
LO QUE FALLA ES EL CONVENIO”

Con estas palabras ha definido Carlos Salazar, director de RR.HH., los problemas planteados por el Comité Intercentros en la reunión celebrada hoy 24 de octubre sobre el gestor de tiempos.

El presidente del Intercentros, Miguel Benítez, pidió una reunión a la dirección de recursos humanos para tratar (no sabemos si es una reunión negociadora o informativa) los problemas de la aplicación del sistema de gestión de tiempos. En esta reunión Carlos Salazar ha dejado bien claro que el sistema está dando buenos resultados y que funciona a la perfección. Otra cosa, son los problemas trasladados por el presidente del intercentros que, según entiende Carlos Salazar, obedecen a carencias de Convenio: problemas con la conciliación laboral y familiar, problemas de horas extras, problemas para acompañar a un familiar o hijo al médico o simplemente salir a desayunar en una delegación sin servicio de cafetería. Situaciones a las que NO tenemos derecho los trabajadores de la RTVA según nuestro VIII Convenio Colectivo firmado el pasado diciembre por CC.OO. y UGT. Aún así, la empresa es muy buena y no sanciona a nadie, ni por llegar tarde ni por ausencia injustificada, en las áreas en las que se lo puede permitir, claro.

Se ha pedido un código que justifique una ausencia de diez minutos para los descansos por pantalla de visualización de datos. Un código que permita salir a la calle a disfrutar este descanso, pensando en las delegaciones que no tienen espacios abiertos. Salazar ha contestado, manifiestamente molesto, que lo pondrán, pero que la empresa apretará en la misma medida en la que le aprieten. Además, señaló que está poniendo toda su buena voluntad, dado los acuerdos de paz laboral –suscritos imaginamos con CC.OO. y UGT no sabemos en que foro-. No obstante, llegará el momento en el que nos pidan cuentas de cómo se van a devolver los días que la empresa regala para ir al médico, o las horas que se dejen de trabajar al año. Además, amenaza con renegociar la consideración de hora extra a partir del décimo minuto de prolongación de jornada, ya que tenemos la posibilidad de “flexibilizar” nuestro horario de entrada y salida…

Referente a la nota emitida a los trabajadores por Juan Carlos del Valle, Jefe del Departamento de Planificación, -que no ha asistido a la reunión- denominada “flexibilidad horaria” en la que se establece un horario “cortesía”, siempre y cuando estés en un turno o departamento que no requiera puntualidad, Carlos Salazar ha marcado unas pautas interesantes de analizar. Por un lado, señala que esta flexibilidad horaria está pensada para los accidentes que provoquen un retraso en el horario de entrada. Por otro lado, apunta que la realidad de esta empresa es que los trabajadores “llegan tarde porque llegan tarde”. Y que accidentes que puedan retrasar tu horario de entrada hay tres al año. Así que todo esto de la flexibilidad horaria no es más que “buen rollo” por su parte.

CGT ha preguntado directamente a Carlos Salazar algunas dudas sobre la flexibilidad horaria: ¿Cómo saben los trabajadores que está sujeto a un turno EXACTO o no?, ¿Cómo saben los trabajadores si pueden aplicarse el código 2013 o no? Y por último, ¿Qué piensa hacer la empresa con los agravios que generará este sistema de flexibilidad horaria y qué hará, cuando los trabajadores pidan un turno “no exacto” o flexible para poder disfrutar del 2013? Carlos Salazar nos ha contestado literalmente: “Me cogéis en un renuncio” Y no ha contestado nada más. El resto de representantes del intercentros tampoco ha incidido en esta discriminación evidente de la que, a nuestro entender, vuelven a ser partícipes.  Tampoco nos ha despejado la duda de si los redactores estarán o no fuera del SAP.

Para evitar sorpresas desagradables os recomendamos que preguntéis a vuestros jefes y coordinadores si vuestro horario puede disfrutar del código 2013, y de no ser así, pedid cambio de turno que ese sí es un derecho recogido en nuestro Convenio Colectivo y en el propio Estatuto de los Trabajadores en su artículo 36.