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VIERNES, 16 DE NOVIEMBRE DE 2007

CGT GANA LAS ELECCIONES SINDICALES EN LA EMPRESA DE TURISMO DE RONDA

La Confederación General del Trabajo ha ganado, por mayoría absoluta, las primeras elecciones sindicales que se han hecho en la empresa pública turismo de Ronda S.A.

Con esta victoria sindical la CGT ya está en la mayoría de los sectores laborales de Ronda y la serranía. El aumento de afiliación en esta comarca se debe a la creciente desconfianza que los trabajadores tienen hacia UGT y CCOO. Los trabajadores no pasan por alto que estos sindicatos acostumbren a firmar convenios que en la mayoría de los casos no benefician a los trabajadores y dejan de lado las aspiraciones legítimas de los trabajadores.


TRABAJO DE INFERIOR CATEGORÍA

 El domingo pasado, 11 de noviembre, el suplemento de Negocios del diario El País publicaba en su "consultorio Laboral" la Siguiente pregunta:"Puede la empresa asignar a  los trabajadores el desempeño de trabajos de categoría inferior? ¿Pueden los trabajadores reclamar contra una decisión empresarial en este sentido?

No  sería descabellado pensar que las iniciales de quien envía la pregunta correspondan a un redactor de Canal Sur, y menos descabellado aún que fuese un redactor de una delegación. La respuesta nos remite al Estatuto de los Trabajadores, art. 39 "movilidad funcional descendiente", y dice claramente, que solo podrá adoptarse si está justificada por necesidades perentorias o imprevisibles de la actividad productiva. Además, limitada en el tiempo por lo estrictamente imprescindible para salir de esa situación perentoria y como es lógico sin merma retributiva para el trabajador. Por si esto fuera poco, dice que en el plano de las relaciones colectivas, el empresario está obligado a comunicar esta decisión a los representantes de los trabajadores. Concluye la consulta explicando, que aunque en principio y dándose estas circunstancias descritas en el artículo 39 del ET (¿es la digitalización en Canal Sur una situación imprevisible de la actividad productiva, señor juez?) los trabajadores tienen que asumir -por el tiempo estrictamente imprescindible- las tareas de categoría inferior, pero nada impedirá reclamar contra esta decisión empresarial si se incumpliera cualquiera de los tres requisitos.

A ver si ahora que lo dice EL PAÍS se enteran nuestros jefes. Sr. Ramírez que no lo ha publicado EL MUNDO sino EL PAÍS... Haga usted caso. De todas formas, esta misma explicación ya se la trasladó el Jefe de la Inspección de Trabajo de Sevilla a la permanente del Comité Intercentros. Quizás, Miguel Benítez, Presidente del Comité Intercentros de la RTVA, al igual que el Director de los SS.II. de Canal Sur Tv, Antonio Ramírez, haga caso ahora a lo que dice el diario EL PAÍS, porque cuando se lo dijo la Inspección de trabajo, parece que no le creyó...


¿PROMOCIÓN INTERNA? ALGO HUELE A PODRIDO EN LA RTVA

Como ya aventuramos en la portada de EL KANALILLO, la promoción interna está siendo -nada nuevo- un proceso en el que la empresa y sus socios de CCOO y UGT hacen lo que les placen. Desde el inicio de este proceso ha sido vox populi que ésta era la promoción interna de las restricciones. Tanto es así, que incluso algunos miembros del propio IORTVE, encargado de las pruebas, ha hecho algún que otro comentario sobre la dureza de las pruebas mas propias de una Oposición Libre que de una promoción interna.

Como muestra un botón. Con anterioridad a la apertura, por el tribunal, de los sobres identificativos de cada uno de los aspirantes se acuerda:

  1. La puntuación mínima para considerar superada las pruebas será 5 puntos. 

  2. Valorar la prueba práctica tal y como dicen los asesores contratados del     IORTVE. 

  3. Valorar la prueba tipo test en los puestos de presentador productor, jefe de sección laboral, redactor y cámara operador, considerando siempre como aprobada esta prueba teórica y añadirle esta puntuación a la nota del examen práctico con un valor de un 10%. 

 

Esta propuesta es aceptada por la mayoría del tribunal con la negativa de CGT que propone que se valoren las pruebas tal y como dicen los asesores del IORTVE. 

No entendemos que se contrate a una empresa exterior para realizar las pruebas y luego no se admitan sus recomendaciones, o mejor dicho, en algunas categorías sí y en otras no. De hecho, ni siquiera han estado presente para aclarar como han valorado las pruebas. La mayoría de los miembros del tribunal han interpretado las notas enviadas por los examinadores a su libre albedrío, modificando los parámetros utilizados por ellos. Se instó al presidente del tribunal, Carlos Salazar, a que se pusiera en contacto con los examinadores para que nos  aclarasen las dudas. No obstante reiteramos lo dicho anteriormente, interpretaron las puntuaciones a su aire. Algunas de esta interpretaciones y modificaciones se realizaron después de conocer la identidad y las puntuaciones obtenidas por todos los participantes, llegando a hacer cábalas para otorgar tal o cual plaza. Estas son algunas de las "Chapuzas" a las que hemos asistido. No son todas, CGT  seguirá ampliando e informando, mas adelante, sobre todas estas anomalías. Desgraciadamente la presidencia y la secretaría (el director de RR.HH. y el jefe de personal) de este tribunal haciendo gala de su forma de entender la transparencia se han negado a recoger en el acta las decisiones tomadas ese día por el tribunal, aunque fuera mayoritariamente. Desde CGT no seremos conniventes, informaremos e intentaremos darle la mayor transparencia a esta forma de actuar de empresa y sindicatos mayoritarios que cada vez más se creen con el derecho de hacer y deshacer a su antojo a espaldas de los trabajadores.


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