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VIERNES, 16 DE MAYO DE 2008

DIGITALIZACIÓN

El pasado lunes 12 de mayo las distintas secciones sindicales nos reunimos con la empresa para abordar –dos años después- la implantación de sistema digital de noticias. CGT-RTVA preguntó a la empresa sobre dos cuestiones fundamentales:

La primera referida a la definición del puesto de trabajo de Redactor. La empresa insiste –así lo ha manifestado- que los redactores tienen la obligación de montar porque así lo dice el actual Convenio Colectivo en las Tareas más significativas del puesto: “... Coordinar y participar en el montaje y grabación de noticias”. Ante esta argumentación CGT-RTVA preguntó si con esa definición la empresa también entendía que los redactores pueden coger la cámara para grabar las noticias. La respuesta, aunque preocupante, no deja duda: “Por supuesto que sí”.

La segunda pregunta que CGT-RTVA planteó a la empresa en esta reunión fue si el sistema digital de noticias estaba concebido únicamente para informativos DIARIOS o la empresa pensaba aplicarlo también a los informativos NO DIARIOS. La respuesta, desgraciadamente tampoco deja duda: “este sistema es para todo los informativos y se podrá montar cualquier programa y reportaje de informativos no diarios”.

La reunión comenzó instando a la empresa a que compartiera con la parte sindical su plan de futuro. No sabemos si consciente o inconscientemente la empresa nos ha dicho hacia donde quiera ir...


RECONVERSIONES, para cuando CCOO quiera...

Un mes y medio después de que terminara el plazo de reclamaciones para las reconversiones sólo hemos podido ver las reclamaciones de los ayudantes técnicos electrónicos. Después de auto convocarnos el día 28 de abril para el día 6 de mayo, CCOO y UGT decidieron no darse por enterados y no asistir a la reunión de reconversiones. Estaban más ocupados reclamando al Jefe de Personal que no sacara un nuevo plazo de reclamación para los realizadores, tras detectar la empresa un error en la experiencia en la RTVA. De hecho han intentado que solo pudieran reclamar los dos solicitantes afectados por el error. Al final se publica hoy viernes de nuevo la lista provisional de realizadores y se abre un nuevo plazo de reclamaciones, de 5 días laborables, sólo para la experiencia en la RTVA. Cuando por fin conseguimos reunirnos el 13 de mayo (martes y 13) se monta el follón padre con el acta y Carlos Salazar da por terminada la reunión sin ver una sola reclamación. Una vez más CCOO llama a Carlos Salazar para que el acta no recoja nuestras manifestaciones porque no les interesan. Entre otras cosas porque queda reflejado que la mayoría de la mesa de contratación en lugar de aplicar las bases, se reserva el “derecho divino” de computar la docencia como horas de formación vulnerando las bases de la convocatoria. Ellos dicen (CCOO y UGT) que “han acordado” -fuera de la convocatoria publicada para el resto de los mortales- que a los que presenten horas de docencia con contrato y vida laboral sí se les computarán. Y lo peor de todo es que, ni siquiera este “acuerdo”, lo aplican por igual a todos.

En aras de la libertad de expresión han venido sus “socios”, Carlos Salazar y Pepe Méndez para modificar las actas quitando nuestras manifestaciones y no dejándonos firmarlas como no conforme. En un espectáculo surrealista de falta de libertad el señor Carlos Salazar Murillo, Director de Organización, RR.HH. y SS.GG ha arrancado de las manos –y esto es literal- las actas al representante de CGT-RTVA.


QUIZÁ EN EL PRÓXIMO CONVENIO…

Estamos empezando a vivir situaciones de indefensión para los trabajadores que podían evitarse si CCOO y UGT –firmantes del convenio- hubiesen negociado de verdad el VIII Convenio Colectivo en lugar de hipotecarlo todo a una estabilidad, que como hemos visto no es para todos. Nos referimos a la obligación o no de recolocar a los trabajadores que no puedan desempañar su actividad profesional por una enfermedad profesional. El Convenio Colectivo en su artículo 27, apartado 5) dice: “El Comité Intercentros de Seguridad y Salud Laboral procederá al estudio y procedimientos para la recolocación de trabajadores afectados por una declaración de invalidez permanente para su profesión habitual.” Como siempre la AMBIGÜEDAD reina en nuestro convenio. ¿Por qué no se negoció claramente que la empresa tendrá la obligación de recolocar a los trabajadores afectados por una enfermedad profesional? Sabemos que en la RTVA ha habido trabajadores que han sido recolocados y otros no… ¿De qué depende…? Quizá la COMVI debería reunirse y aclarar esta ambigüedad sobre la obligatoriedad de la empresa de recolocar a un trabajador para evitar discriminaciones…


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