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28/3/12
HUELGA GENERAL.
POR SI TE QUEDAN DUDAS

Ante la jornada de Huelga General que se avecina convocada por CGT a nivel estatal para el 29 de marzo , es normal que te asalten dudas sobre si secundarla o no.  Desde CGT queremos darte algunos motivos, que creemos suficientes, para ayudarte a decidir. 

La reforma laboral impuesto por el PP implica un retroceso brutal, en los derechos de los trabajadores/as. Derechos que se lograron con mucho esfuerzo y sacrificio, para la mejora de las condiciones del obrero/a, en España.

 ¿Se facilita el despido de 20 días de indemnización? SI. A partir de ahora ésta será la manera de despedir porque cualquier empresa con disminución de ingresos o ventas durante 9 meses consecutivos (con o sin beneficios) puede despedir pagando 20 días, con un tope de 1 año.

 ¿Se abarata el despido? SI. La indemnización por despido para todos los indefinidos será de 33 días,con un tope de 2 años de salario. Además, desaparecen los salarios de tramitación (los salarios que se cobran desde que se despide hasta que hay sentencia favorable).

 ¿Se puede despedir por faltar al trabajo por enfermedad común? SI. Si en 2 meses se faltan 9 días por enfermedades cortas, se puede despedir con 20 días de indemnización por “causas objetivas”.

 ¿Se creará empleo estable? NO.  El “falso” contrato indefinido que se crea para empresas de menos de 50 trabajadores es más precario que el actual contrato temporal que tiene 8 días de indemnización, porque se puede rescindir en cualquier momento a lo largo del primer año en que el trabajador o trabajadora está en prueba.

 ¿Me pueden bajar el salario? SI.  Con la reforma la cuantía del salario se puede bajar si la empresa tiene pérdidas y pueden hacerlo de forma individual o colectiva.

 ¿Los ERES serán más fáciles para las empresas? SI. Ya no será necesario que la Dirección General de Trabajo autorice los EREs, ni para despedir ni para reducir la jornada. Los despidos serán más baratos para las empresas porque ya no se verán forzados.

 ¿Los convenios colectivos de empresa estarán por encima de los de sector? SI. Los mínimos que marcan los convenios de sector pueden ser más bajos en los convenios de empresa.

 ¿Se va a trabajar más por menos dinero? SI.  Podrán recortar el salario y subir la jornada de trabajo si hay pérdidas en la empresa.

 ¿Qué convenio se aplica cuando finaliza el convenio actual? El convenio que se aplica dejará de ser efectivo si no se negocia uno nuevo en dos años desde el vencimiento del último firmado. A partir de este momento el convenio no estará vigente, con lo cual se supone, que se aplicará alguno de ámbito superior o se podrá producir un vacio de regulación en aquellas materias que no vengan reguladas por el Estatuto de los Trabajadores.

 ¿Los parados están afectados por la reforma? SI. Los desempleados que cobren realizarán servicios para la Comunidad en plan “voluntario”. Se equipara en su procedimiento, a la pena alternativa al ingreso en prisión de los condenados por cometer delitos.

 Si con estas razones aun tienes dudas para secundar la Huelga General, estarás pagando los platos rotos de la especulación, de la avaricia de los Banqueros, de las grandes fortunas, de todos los que se han lucrado en España y se han llenado los bolsillos con fondos públicos.  Estarás siendo participe de la ruina mas grande,  jamás contada,  y de la barbarie mas impune, a la clase trabajadora.

 

GRITA NO!!!!!!! A LA REFORMA LABORAL.

GRITA NO !!!!!!!! AL PACTO SOCIAL

TU, TRABAJADOR/A, ERES EL MOTOR DE LA ECONOMÍA,
QUE NO LIMITEN TUS DERECHOS.

Consulta las manifestaciones de Andalucía aquí.