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8/10/08
NECESIDAD DE UN PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE
EL ACOSO LABORAL

La lucha contra el acoso laboral se ha convertido en una de las exigencias más demandadas por los trabajadores y en uno de los objetivos prioritarios para aquellas instituciones que quieren avanzar hacia condiciones laborales respetuosas con la dignidad personal de quienes forman parte de ellas.

La RTVA no puede dar la espalda a situaciones que, desgraciadamente, pueden darse más frecuentemente de lo que es deseable y para las que ya hay medidas preventivas y paliativas. Los protocolos de acoso se han revelado como especialmente útiles. Se trata de compromisos en orden a la información, prevención, mediación y supresión de conductas en materia de acoso en el trabajo, así como del establecimiento de un procedimiento interno con las garantías de presunción de inocencia y confidencialidad que la materia exige, con el fin de canalizar las quejas que puedan producirse y propiciar su solución dentro de la empresa.

El protocolo de acoso es una medida preventiva y también paliativa de salud laboral; muchas veces una intervención a tiempo puede evitar que se llegue a situaciones más graves.

Su éxito requiere una conciencia colectiva y el compromiso de todos contra estas prácticas, cada uno en su responsabilidad.

Esta propuesta de borrador de protocolo, que presentaremos mañana al comité intercentros de salud laboral, es una muestra de ese firme compromiso y respaldo desde la sección sindical CGT para adoptar medidas que consigan erradicar estas conductas. Incluye información sobre qué es el acoso y cómo se presenta , así como nuestra propuesta de actuación ante estas situaciones. (Ver documento)

De conformidad con los principios inspiradores de la normativa europea (Directiva 2004/113/CE, de 13 de diciembre de 2004, por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y su suministro) y nacional (ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del código penal; Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores, Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el reglamento de régimen disciplinario de los funcionarios de la Administración del Estado, Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social…) en materia de procedimientos de prevención y solución de conflictos en estos supuestos.

Puedes ver nuestra propuesta inicial cliqueando aquí.