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                      VIERNES, 25 DE ENERO DE 2008  
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                    PACTO ELECCIONES  | 
                   
                  
                    
                      Nos agrada comprobar que los trabajadores demandan para el  “pacto de elecciones” unas condiciones menos lesivas que las firmadas por CCOO  y UGT en el último pacto. Los trabajadores implicados han realizado un escrito  donde recogen sus pretensiones y lo han presentado a la dirección de la empresa  y a las cuatro secciones sindicales. CGT apoyará estos mínimos,  comprometiéndose a no firmar nada por debajo de ellos. Ya lo hicimos en la  negociación del pacto anterior, donde presentamos un estudio sobre el IPC de  los últimos años que la empresa no ha aplicado a las cuantías de los pactos de  rodaje (puedes leer nuestra nota de fecha 26/4/07). En la anterior negociación nos quedamos solos, junto con  el SPA, pidiendo esas “condiciones menos lesivas”  para los compañeros. Esperamos que esta vez los “mayoritarios”  escuchen a los trabajadores y cumplan también estos mínimos, evitando que  algunos colectivos se vean abocados a negociar unilateralmente con la empresa,  en detrimento de otros colectivos que no tienen esta posibilidad. De no  acordarse estos mínimos, os animamos a todos los trabajadores a que no  suscribáis el pacto. La reunión se ha fijado para el próximo 1 de febrero a las  12’00 horas. 
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                      PARA LAS RECONVERSIONES OTROS CRITERIOS 
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                      Los constantes cambios de criterios no son buenos para  nadie. Y a los hechos nos remitimos. Es incomprensible que los distintos  procesos de promoción, concursos o reconversiones de puestos de trabajo hayan  utilizado distintos criterios en cuanto a requisitos, titulaciones y forma de  puntuar. Vayan unas cuantas reflexiones como ejemplo: si se hubiesen  establecido, publicado y refrendado dichos criterios, tendríamos una base de datos  con los currículos de los trabajadores, se podrían actualizar como dice el  convenio los méritos académicos anualmente sin esfuerzo, por lo que sería más  fácil que se actualizaran las bolsas, y que cuando se realizara cualquier  convocatoria fuese mas rápido su desarrollo. Pero en la rtva eso no pasa,  porque aquí para la promoción interna se piden unos requisitos y se le dan  unos puntos y a la semana siguiente en las reconversiones se aplican otros y  para las libres se aprueban otros diferentes, ¿cómo quieren sacar nada de  una manera clara y limpia?. 
                                              Si en la promoción interna no se han contado las  prácticas, en la reconversión de puestos SÍ. Si en la promoción se ha topado  las horas de los cursos de idiomas en las reconversiones NO. Y podríamos seguir  enumerando uno tras otro los despropósitos y la disparidad de criterios. Estos  criterios están aprobados casi siempre por mayoría de los que se consideran  sindicatos de clase, de una clase trabajadora a la que nunca se atreven a  consultar por si acaso chafan sus intereses. ¿Quién comprende esta locura?  Pero, ¿cómo le puede beneficiar esto a alguien? Es la disposición adicional  tercera la que incluye las reconversiones y establece que LA MESA DE  CONTRATACIÓN SEA LA ENCARGADA DE ESTABLECER LOS REQUISITOS. Todos sabemos que  dicha mesa tiene un reglamento, pero los firmantes de estas convocatorias se  los vuelven a pasar por donde más les gusta, lo cambian, lo manipulan hasta tal  punto que resulta casi imposible su aplicación. ¿A quién le han pedido permiso  para cambiar un reglamento que fue aceptado en referéndum? ¿A sus  afiliados...?. 
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                    “TURNO MATINAL”  | 
                   
                  
                    
                      Los compañeros de este turno siguen esperando a que se  negocie unas condiciones especiales para este difícil turno. El Comité de  Empresa de Sevilla envió la correspondiente nota solicitándole una reunión a la  empresa, como se acordó en el pleno del Comité, y ahí seguimos todos esperando… 
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                  PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES  | 
                   
                  
                    
                      Parece que los compañeros de UGT han entrado por fin en  razón y han comprendido que no se pueden vulnerar los principios  constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, ni siquiera para ser juez del  Tribunal Supremo. Por eso han destituido al Magistrado del Tribunal Supremo,  García de la Serrana, ponente en la sentencia de la convocatoria de 2000, como  bien informan los de UGT en su “20 segundos”. Estaremos atentos para ver a  quién o quiénes hace responsable de su destitución este juez, y para ver si  pide daños y perjuicios, como tendrían que hacer los trabajadores afectados por  lo que otros firman en representación suya.  
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                  | Ver otras hojas parabolizantes  | 
                   
                  
                    
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