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HORARIOS EN REDACCIÓN DE RADIO


Hace sólo unas semanas, la Jefatura de informativos de Canal Sur Radio remitía sólo a los trabajadores de la redacción en Sevilla un correo electrónico con el nuevo sistema de control horario que está dispuesta a imponer la dirección de Recursos Humanos. Este e-mail advierte que la empresa descontará de la nómina el tiempo que exceda de los diez minutos de “cortesía” en el inicio o el final del  turno horario, salvo que los coordinadores informen de lo contrario o autoricen el retraso.

No debemos olvidar que el cumplimiento del horario establecido es uno de los deberes del empleado. Sin embargo, la Dirección  de Recursos Humanos prefiere saltarse de nuevo lo pactado en el VII Convenio Colectivo sobre régimen disciplinario en cuanto  a la puntualidad y “amenazar” a los trabajadores de la redacción de radio con que les va a tocar el “sueldo”. Este “novedoso” procedimiento no es, ni mucho menos, el previsto.

Además, la dirección de Recursos Humanos pretende utilizar  como referente horario para estas sanciones el momento en el que un trabajador cruza el torno. Un torno que cuenta con un reloj que, ya en muchas ocasiones, ha fallado o ha marcado minutos de adelanto o retraso.

No es difícil poner en duda que ese reloj sea la prueba objetiva de que un redactor o un operador de sonido de radio, que, en muchas casos realizan su trabajo en el exterior del centro, hayan llegado tarde o se hayan marchado antes. Y si fuera así, por qué la dirección de Canal Sur Radio y la de Recursos Humanos no empiezan también a aplicar el control de los horarios a la inversa; es decir, ¿por qué los directivos no facilitan a los trabajadores de la redacción de radio el parte de horas extras para que puedan exigir las horas de más que vienen realizando y se las compensen con doble descanso como establece el convenio colectivo?.

Ya es hora de que se regularicen algunas anomalías de los turnos en la redacción de radio: los horarios semanales se hacen públicos sólo unos días antes de que se inicien, en vez de dar a conocer los turnos del mes siguiente entre el día 25 al 30 del mes anterior como establece el convenio. El hecho de que haya modificaciones constantes en estos turnos debido a bajas por enfermedad, liberaciones sindicales, permutas de horarios o necesidades de la producción no debe suponer que los trabajadores conozcan sus horarios sólo unos días  antes de realizarlos.

Tampoco es sorprendente comprobar en alguna ocasión turnos semanales de seis días seguidos para algunos compañeros, ya que así lo necesita la abundante producción de nuestros tres canales de radio. En el turno de día del fin de semana no median las doce horas entre el final de una jornada -la del sábado- y el principio de la otra –el domingo-, al margen de que en este mismo turno se establecen horarios partidos en dos bloques sin que los trabajadores perciban los pluses recogidos en convenio colectivo por partirles la jornada.

Son sólo algunos de los tradicionales incumplimientos en los turnos de la redacción de radio. Unos turnos que ahora pretende controlar la dirección de Recursos Humanos para “castigar a los que incumplan su horario”. Esperemos que empiece por corregir aquellos turnos que no son legales.

Sección Sindical CGT-RTVA