Hace  sólo unas semanas, la Jefatura de informativos de Canal Sur Radio remitía sólo  a los trabajadores de la redacción en Sevilla un correo electrónico con el  nuevo sistema de control horario que está dispuesta a imponer la dirección de  Recursos Humanos. Este e-mail advierte que la empresa descontará de la nómina  el tiempo que exceda de los diez minutos de “cortesía” en el inicio o el final  del  turno horario, salvo que los  coordinadores informen de lo contrario o autoricen el retraso.
                  No debemos  olvidar que el cumplimiento del horario establecido es uno de los deberes del  empleado. Sin embargo, la Dirección  de  Recursos Humanos prefiere saltarse de nuevo lo pactado en el VII Convenio  Colectivo sobre régimen disciplinario en cuanto  a la puntualidad y “amenazar” a los trabajadores de la redacción  de radio con que les va a tocar el “sueldo”. Este “novedoso” procedimiento no  es, ni mucho menos, el previsto.
                  Además, la  dirección de Recursos Humanos pretende utilizar  como referente horario para estas sanciones el momento en el que  un trabajador cruza el torno. Un torno que cuenta con un reloj que, ya en  muchas ocasiones, ha fallado o ha marcado minutos de adelanto o retraso.
                  No es difícil poner en duda que ese reloj sea la prueba  objetiva de que un redactor o un operador de sonido de radio, que, en muchas  casos realizan su trabajo en el exterior del centro, hayan llegado tarde o se  hayan marchado antes. Y si fuera así, por qué la dirección de Canal Sur Radio y  la de Recursos Humanos no empiezan también a aplicar el control de los horarios  a la inversa; es decir, ¿por qué los directivos no facilitan a los trabajadores  de la redacción de radio el parte de horas extras para que puedan exigir las  horas de más que vienen realizando y se las compensen con doble descanso como  establece el convenio colectivo?.
                  Ya es hora  de que se regularicen algunas anomalías de los turnos en la redacción de radio:  los horarios semanales se hacen públicos sólo unos días antes de que se  inicien, en vez de dar a conocer los turnos del mes siguiente entre el día 25  al 30 del mes anterior como establece el convenio. El hecho de que haya  modificaciones constantes en estos turnos debido a bajas por enfermedad,  liberaciones sindicales, permutas de horarios o necesidades de la producción no  debe suponer que los trabajadores conozcan sus horarios sólo unos días  antes de realizarlos. 
                  Tampoco es  sorprendente comprobar en alguna ocasión turnos semanales de seis días seguidos  para algunos compañeros, ya que así lo necesita la abundante producción de  nuestros tres canales de radio. En el turno de día del fin de semana no median  las doce horas entre el final de una jornada -la del sábado- y el principio de  la otra –el domingo-, al margen de que en este mismo turno se establecen  horarios partidos en dos bloques sin que los trabajadores perciban los pluses  recogidos en convenio colectivo por partirles la jornada. 
                  Son sólo  algunos de los tradicionales incumplimientos en los turnos de la redacción de  radio. Unos turnos que ahora pretende controlar la dirección de Recursos  Humanos para “castigar a los que incumplan su horario”. Esperemos que empiece  por corregir aquellos turnos que no son legales.